02746nam a22002777a 4500999001300000003000400013005001700017008004100034020002200075040001700097082003300114100005300147245016900200260005400369300002100423505061300444520089801057650003701955650002901992650003902021650002102060942001202081952013202093952013202225952011102357 c757d757OSt20200217201411.0141222b2013 ck |||||||||| 00| | eng d a978-958-8551-07-4 bspacPa-ISAE a345.123 b14 abreviada2B391 aBedoya Sierra, Luis Fernando910474AutoreAutor aPrueba de referencia y otros usos de declaraciones anteriores al juicio oral :banálisis a la luz del derecho a la confrontación /cLuis Fernando Bedoya Sierra. aBogotá, D.C. :bPublicaciones Comlibros,c2013. a262 p. ;c24 cm. aI. Derecho a la confrontación. Noción. -- II. De la consagración formal a la materialización del Derecho a la Confrontación. -- III. Elementos estructurales del derecho a la confrontación. -- VI. La activación del derecho a la confrontación. -- V. Momentos para ejercer la confrontación. -- VI. Incidencia del ejercicio dle derecho a la confrontación en el análisis de la credibilidad de los testigos. -- VII. La modulación o limitación del derecho a la confrontación. -- VIII. Uso de declaraciones anteriores al juicio oral. Regulación en el ordenamiento jurídico colombiano. aEn tanto que la sistemática inquisitiva gesto el método de análisis de la tarifa legal la sistemática acusatoria hizo lo propio con la sana crítica. A esta expresión ciertamente garantista se le suma otra igualmente connotada inherente al derecho a la confrontación que el abogado, docente y tratadista Luis Fernando Bedoya Sierra aborda en esta oportunidad en perspectiva de Derecho Comparado.El derecho a la confrontación integra sin duda el proceso debido así incluso la mera literalidad de una norma no le permita leer. Probablemente porque siempre se le ha abordado en actitud de infecundo procedimentalismo es porque la doctrina y la jurisprudencia nacionales poco, por decir lo más, se han ocupado de él.El doctor Luis Fernando sí que lo hace en este profundo y serio trabajo del que inmerecidamente me honro en prologar. Hay un admirable orden en su tratamiento aPrueba (Derecho)91048zColombia aAlegatos (Derecho)91048 aProcedimiento Penal9531zColombia aAudiencias91049 2ddccBK 00102ddc40708GENaSCPbSCPcGENd2014-12-22eComprafComprag65.00l0o345.123 B391 e.1 p93820r2025-05-26 00:00:00t1yBK 00102ddc40708GENaSCPbSCPcGENd2014-12-22eComprafComprag65.00l0o345.123 B391 e.2p93821r2025-05-26 00:00:00t2yBK 00102ddc40708GENaSSVbSSVcGENd2015-06-02l0o345.123 B391 e.1 p0676Sanr2025-05-26 00:00:00t1yBK